CIRCULAR N° 02.
Asunto: Matrícula Inicial.
La Dirección de Evaluación y Acreditación del Ministerio del Poder Popular para la Educación, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67 de la Ley Orgánica de Educación, en concordancia con el Artículo 122 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación y el artículo 175 de la Resolución 181, de fecha 14 de Mayo de 2001 emitida por este Ministerio. Con el objeto de simplificar el proceso relacionado con la emisión de la Matrícula Inicial en todos los planteles del país, imparte las siguientes instrucciones:
estudiantes.
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