BASES LEGALES DE LA RENUNCIA:
Según la Ley Orgánica del Trabajo vigente el trabajador puede terminarla relación laboral por su retiro justificado o por las causales deretiro injustificado, o por voluntad común de las partes ocausa ajena a la voluntad de ambas.
La terminación de la relación laboral se encuentra tutelada entre los artículos 98 al 111 de la LOT, especificamente el artículo 100 establece que el retiro o la renuncia es la "manifestación de voluntad del trabajador de poner fin a la relación de trabajo" y será justificado cuando se funde en una causa prevista por la misma ley, con los efectos patrimoniales equiparados a los del despido injustificado.
Según el artículo 101 "cualquiera de las partes podrá dar por terminada la relación de trabajo, sin previo aviso, cuando exista causa justificada para ello", pero también aclara que "esta causa no podrá invocarse si hubieren transcurrido treinta (30) días continuos desde aquel en que el patrono o el trabajador haya tenido o debido tener conocimiento del hecho que constituya causa justificada para terminar la relación por voluntad unilateral".
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