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SUDEBAN nueva resolución contra la legitimación de capitales
SUDEBAN nueva resolución contra la legitimación de capitales

Contenido

    RESOLUCIÓN N° 083.18, MEDIANTE LA CUAL SE DICTAN LAS NORMAS RELATIVAS A LA ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO Y FINANCIAMIENTO DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA APLICABLES A LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR BANCARIO.


     

    Esta nueva resolución no solo obliga a los bancos a ser mas estrictos sobre el origen y destino de los fondos sino que además atribuye un mayor grado de corresponsabilidad por parte de las instituciones bancarias no solo de los subalternos encargados de la aplicación y vigilancia de los controles contra la legitimacion de capitales, sino que ademas ahora se atribuye corresponsabilidad a miembros de la junta directiva y presidencia del banco.

     

    Esto es una medida tomada por SUDEBAN para obligar a los bancos a cumplir a cabalidad con las normas y leyes en materia del uso legitimo del sistema bancario nacional, esta medida fue públicada en a principios de Enero y se dió un plazo de 180 dias para su implementacion, este plazo venció hoy 11/07/2019 por lo que a partir de este momento y con efecto inmediato se derogan las resoluciones anteriores que colindan con esta nueva especificamente la resolucion número 119-10 de fecha 9 de marzo de 2010

     

    ¿Que esperar tras la vigencia de esta nueva resolución?


     

    De cara al cliente se espera un control mas exhaustivo referente a la politica de "Conozca bien a su clientes", esto implica mayor control sobre la solicitud de productos financieros tales como cuentas, tarjetas de credito, cuentas en moneda extranjera, así como tambien un mayor control y seguimiento del origen y destino de los fondo movilizados a traves de canales electronicos, tales como transferencias interbancarias, mismo banco y pago movil. 

     

    También se verificará el uso legitimo de productos de cobro por parte de los comerciantes y empresarios por ejemplo el alquiler de puntos de venta se puede prestar para el lavado de dinero y/o evasión de impuestos.

     

    Si se analiza en lo que a puntos de venta se refiere y pagos electronicos SUDEBAN ha flexibilizado la adquisición de dispositivos y ha auspiciado la creación de canales virtuales y alternativos para así luchar contra el alquiler de puntos de venta y comisiones ilegales a los clientes y consumidores finales.

     

    Por ello SUDEBAN recuerda que el alquiler de puntos de venta sin la debida autorizacion por parte de SUDEBAN es un hecho punible con posibles sanciones tributarias y penales, el banco a su entera discreción podra bloquear y restringir las cuentas con movimientos sospechosos y que no se corresponda con la contabilidad real de la empresa para lo cual se trabajará estrechamente con el SENIAT.

     

    En resumen no es nada nuevo, cualquier persona que lleve su contabilidad y tenga un origen y destino de fondos licitos no tienen porque preocuparse de hecho se busca incrementar la seguridad, en el pasado muchas personas ha sido victima de transferencias fraudulentas provenientes de estafas o usos no autorizados de cuentas de tercero, ahora con esta nueva resolucion al generar una corresponsabilidad por parte del banco, el mismo no se podrá hacer la "vista gorda" y deberá vigilar que los diferentes instrumentos bancarios estén siendo usados de manera legitima y autorizada por sus respectivos titulares. 

     

    En resumen: SUDEBAN  establece una responsabilidad objetiva a los directivos, empleados a todos los niveles, quienes independientemente de su participación u omisión directa en los hechos, responderán por las deficiencias que en esta delicada materia incurran sus bancos, en otras palabras si se llega  descubrir un cliente implicado en lavado de dinero y el banco no lo reporta a tiempo los funcionarios del banco puede resultar corresponsables del hecho en grado de omision y ser sancionados administrativa y penalmente. En la antigua resolucion la culpa era basicamente del individuo(cliente) implicado en el hecho y se determinaba a traves de la debida investigación si existia algun complice en el banco, ahora con la nueva resolución eso queda atras por lo que ahora ya no se investigara solamente en la busqueda de un complice en el banco sino que ademas se investigará quien estuvo a cargo y omitio el control de seguridad y gestion de riesgo.

     

    CLIC AQUI PARA DESCARGAR Y/O VISUALIZAR LA RESOLUCION

     

     




    💰 ECONOMÍA
    Orlando Trosell
    2019-07-11
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