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Costa Rica otorgará residencia Temporal a Venezolanos
Costa Rica otorgará residencia Temporal a Venezolanos

Contenido

    Gobierno de Costa Rica concederá la Categoría Especial de Protección Temporal Complementaria a ciudadanos venezolanos, nicaragüenses y cubanos a quienes se les denegó su solicitud de refugio según resolución oficial publicada en gaceta oficial el pasado 12 de Noviembre de 2020.

     

    Con esto el Gobierno de Costa Rica, busca "brindar posibilidades de permanecer legalmente en el país y realizar actividades laborales a personas extranjeras a quienes se les deniega el reconocimiento de la condición de refugiados y se encuentren en condición de vulnerabilidad”.

     

    ¿Cúanto tiempo durará la protección temporal complementaria?


    Esta categoría o estatus se podrá otorgar por el plazo de dos años, prorrogable por periodos iguales, previo cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en la resolución N° DJUR-0164-10-2020-JM.

     

    ¿Quiénes podrán optar a la residencia temporal de Costa Rica?


    La Dirección General de Migración y Extranjería detalló que podrán optar por esta categoría “únicamente aquellas personas que tengan una resolución denegatoria de la categoría de refugio en firme, emitida entre el 1 de enero de 2016 hasta la fecha de finalización del rige de esta resolución, que permanezcan físicamente en el territorio nacional de forma regular o irregular antes del 18 de marzo del 2020″.

     

    ¿Cuales son los requisitos para optar a la protección temporal complementaria de Costa Rica?


    El comunicado también señala como requisito obligatorio no poseer ningún tipo de antecedentes penales en Costa Rica o en algún otro país, los demás requisitos se detallan en al resolución publicada en gaceta oficial. 

     

    Recuerde esta resolución solo aplica a venezolanos, nicaragüenses y cubanos

     

    ¿Qué beneficios otorga la protección temporal complementaria?


    De resultar beneficiado(a) la persona recibirá un permiso especial que acredita su residencia legal, así como tambien su respectivo DNI temporal, respecto a las actividades laborales, académicas, profesionales y económicas la resolución señala que: “La persona beneficiaria contará con libertad de condición para poder desempeñarse en cualquier actividad laboral remunerada, por cuenta propia o en relación de dependencia”.

     

    ¿Donde puedo obtener una copia oficial de la gaceta?


    El comunicado oficial se encuentra disponible en la web de la imprenta nacional de Costa Rica en PDF a través de este enlace (página 124 aprox.).


     




    🌎 INTERNACIONALES
    Orlando Trosell
    2020-11-13
    1


    Total de comentarios: 1
    1 carruidocarmen • 10:51:34, 2020-11-13
    0
    EXCELENTE NOTICIA ESPEREMOS QUE ASI OTROS PAISES TAMBIÉN SE SUMEN A EDTA INICIATIVA EN PRO DEL MIGRANTE EN GENERAL,,SOY VENEZOLANA Y SR QUE EN CUALQUIER MOMENTO SERÉ UNA MIGRANTE MÁS DEBIDO A LOS PROBLEMAS QUE ESTAMOS CONFRONTANDO LOS VENEZOLANOS QUE ESTAMO SIENDO DESPOJADOS DE NUESTRA TIERRA,FAMILIAS Y HASTA DE NUESTRA IDENTIDAD POR LOBOS POLÍTICOS.BRAVO COSTA RICA.